(Prensa/SCPTSJ).-El primer vicepresidente del máximo Tribunal del país, Magistrado Maikel Moreno, se refirió al caso del asesinato de 12 personas en Barlovento, estado Miranda, asegurando que: “No hay justificación posible para acabar con la vida de una persona ni exención posible para quien ejerza fútilmente esa acción.”
Moreno señalo que la vida humana, es el valor más básico y constituye en sí mismo el derecho más primordial, y al propio tiempo es incalculable, lo cual hace que instintivamente lo defendamos desde el momento mismo de nuestra existencia, y al nacer le sobrevienen los valores que protegen la dignidad de la persona humana, sobre los cuales reposan todos los demás derechos.
“No puede existir la justificación de la obediencia o desobediencia, alegando seguir instrucciones de una autoridad del Poder Público, a la cual se circunscribe por razones de subordinación, máxime si se vulneran los derechos fundamentales garantistas del Estado de Derecho, y menos aún cuando se atenta contra los Derechos Humanos”. Sentenció el presidente de la sala de casación penal del Tribunal Supremo de Justicia.
Desde el inicio de los tiempos el hombre ha consagrado su existencia a resguardar su integridad sea física o mental, y es esencialmente por ello que aparece el Derecho y con él emerge el bien jurídico protegido, siendo a mi parecer la vida humana, pues es ésta la que precisamente tiene un valor incalculable y se aprecia como sobresaliente entre los demás valores y derechos protegidos, pues la vida ha quedado tutelada desde que comienza hasta que se extingue, donde su objeto material es la entidad existencial que configura el bien jurídico.
El abanico de los derechos fundamentales del ser humano, persisten en su subsistencia y supervivencia misma al abordar irrestrictamente la prohibición de su propia extinción, es así como los derechos que resguardan la vida y la libertad, se refutan de importancia natural y vital para el derecho humano, pues se propone evitar y erradicar la aniquilación de la especie, considerándose de repercusión primordial, pues sin la vida y la libertad, se hacen nulas la subsistencia y la misma supervivencia, pues la vida y sobre todo vivirla en libertad, permiten al hombre y a la mujer desarrollarse para la conformación de la sociedad, como la base sólida de los Estados, forjando además el Estado de Derecho y la seguridad jurídica de sus ciudadanos y ciudadanas.
Para el Magistrado Moreno, mientras las instituciones del Estado venezolano inicien, promuevan, impulsen y en general actúen con apego al mandato constitucional y legal, se hallarán contestes en la protección de la preeminencia de los Derechos Humanos, pues no habrá exenciones para quienes justifiquen sus actos en franca violación a los derechos tutelados, menos aun bajo el subterfugio del cumplimiento de órdenes superiores, o bajo la dispensa de la obediencia o desobediencia por razones de subordinación. Respondiendo individualmente el trasgresor o culpables del hecho ilícito en la instancia civil, penal y administrativa, así como garantizando que las víctimas sean resarcidas por el daño causado.
«Es así que, no existe prerrogativa alguna, para exculpar ninguna persona que atente contra los derechos garantizados en la constitución y la ley», dijo Moreno.